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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337077
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1752
INFORME JUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1752
El informe justificado es el único que puede tenerse en cuenta al resolver el fondo del amparo, y cuando no existe, deben tenerse por ciertos los actos reclamados, atento lo dispuesto en el último párrafo del artículo 73 de la Ley de Amparo, aun cuando se haya rendido el informe previo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3839/27. Flores Martín y coagraviado. 30 de julio de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.