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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337078
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1780
TRABAJO, CARACTER DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1780
La fracción XXII del artículo 123 constitucional, no establece distinción alguna entre el carácter de propiedad o de interinato con que se desempeñe un trabajo, al conferir los derechos de que habla, por lo que procede la indemnización de tres meses de salario, siempre que no se justifique la legalidad de la separación. Sin embargo, debiendo ser consecuentes estos derechos, con algunas causas inherentes a la posibilidad de la continuación de la obra o trabajo, es indudable que han de admitirse casos de excepción, en los que no procede el disfrute de las garantías constitucionales expuestas, tales como la imposibilidad material de desarrollar la obra o trabajo, por causas no dependientes de la voluntad de las partes, los casos fortuitos que la impidan, etcétera, y que la Constitución considera causas justificadas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 171/31. Mouret Emmanuel. 1o. de agosto de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.