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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337089
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1957
BIENES INTERVENIDOS, IMPUESTOS CAUSADOS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1957
Conforme a las disposiciones contenidas en la circular de la Secretaría de Hacienda de 11 de junio de 1920, las contribuciones correspondientes a los bienes incautados, deben ser a cargo del Gobierno Federal, hasta la fecha en que se haga la desintervención.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 91/28. Montes de Oca y Obregón Ignacio, sucesión de. 8 de agosto de 1932. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José López Lira. Relator: Jesús Guzmán Vaca.
Quinta Epoca:
Tomo XXXV, página 2524. Indice alfabético. Amparo 3120/28. Montes de Oca y Obregón Ignacio, sucesión de. 6 de agosto de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.