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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337157
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 613
REVISION IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 613
Si el amparo se endereza contra una multa, y contra el fallo del Juez de Distrito que concedió la protección federal, sólo interpone revisión la autoridad ejecutora, tal revisión es improcedente, puesto que los agravios que dicha autoridad exponga, son por completo ajenos a los fundamentos que tuvo la autoridad que ordenó el acto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4674/28. Palomera Esteban L. 23 de enero de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.