Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/337160
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337160
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 623
EXPROPIACION PARA ESTABLECIMIENTO DE COLONIAS URBANAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 623
Contra la expropiación decretada para la formación de una nueva colonia urbana, procede conceder la suspensión, previa fianza; pues de ejecutarse dicho acto, se seguirían a la parte agraviada perjuicios de difícil reparación, ya que la autoridad responsable al llevar a cabo la instalación de la colonia de que se trate, tendrá que ejecutar todos los actos inherentes a tal instalación, dejando sin materia el amparo, y aun a los mismos terceros se les causarían perjuicios irreparables, pues en el caso de que el agraviado obtuviese la protección constitucional, tendrían que volver las cosas al estado que guardaban antes, deshaciendo, en consecuencia las construcciones que se hubieren llevado a cabo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3821/31. Díaz Barriga viuda de Ziegler Felícitas. 23 de enero de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.