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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337175
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1023
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y FOMENTO, COMISIONADOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1023
El amparo es improcedente contra los actos de los comisionados de la Secretaría de Agricultura y Fomento, puesto que no tiene el carácter de autoridades, sino el de empleados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 86/28. Vega Martín y coags. 11 de febrero de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.