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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1356
LIBERTAD DE TRABAJO, RESTRICCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1356
Cuando un individuo dedica sus actividades a hechos que pueden ofender a la sociedad, lo procedente es consignar a ese mismo individuo, a la autoridad judicial, para la investigación de los hechos, y para el castigo consiguiente, así como para que haga cesar sus actividades, sin que la autoridad administrativa esté facultada para clausurar su oficina; puesto que este hecho es inconstitucional e inconstitucional también su ejecución:
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3768/29. Salazar Herminio. 26 de febrero de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.