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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1552
CIRCULARES, APLICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1552
No puede sostenerse que las circulares, como meras formas interpretativas de las leyes existentes, pueden aplicarse de una manera retroactiva; tal cosa podría hacerse en el supuesto de que dichas circulares no pretendieran modificar en forma alguna las leyes que tratan de interpretar, pero no cuando contienen alguna modificación a esas leyes, porque, entonces, es evidente que se encontraría el principio de la no retroactividad, al pretender aplicarlas a un caso anterior a la fecha en que fueron expedidas.
Precedentes
Amparo administrativo directo 4088/29. "Canavatti Hermanos". 4 de marzo de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.