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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337241
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2369
PERSONA EXTRAÑA AL CONFLICTO DEL TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2369
Si la suspensión reúne los requisitos señalados en el artículo 55, fracción I, de la Ley de Amparo, debe concederse mediante fianza, para asegurar los intereses del tercero perjudicado en el conflicto de trabajo, y sin prejuzgar sobre si la ejecución del laudo se llevó a cabo en bienes de terceros extraños al conflicto, por ser éste un asunto que no puede definirse en un incidente de suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1734/31. "La Cosmos", Compañía Mexicana de Petróleo, S. A. 16 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.