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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2512
LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2512
Esta ley no puede ser reputada, de ninguna manera, como un reglamento gubernativo y de policía.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 62/28. Compañía Mexicana Molinera de Nixtamal, S.A. 21 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.