Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/337278
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2073
AMPARO
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2073
El juicio de amparo no tiene por objeto hacer declaraciones de carácter especulativo, sobre la legalidad del acto reclamado, sino proteger al quejoso contra el menoscabo que, en su persona, intereses o derechos patrimoniales, le resulte del acto estimado ilegal. Por esto es indispensable, para la procedencia del juicio, que el acto que se reclame, cause un perjuicio al quejoso.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3775/30. Ramírez G. Tirso. 10 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.