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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337282
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 113
PAGAS DE DEFUNCION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 113
Para tener derecho a las pagas de defunción, conforme a la ley orgánica de la contraloría, se necesita no solamente haber vivido bajo el mismo techo que el empleado fallecido, sino, principalmente, tener el carácter de cónyuge supérstite, y a falta de éste y de asignación individual, las pagas deben entregarse a las personas a quienes enumera la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 627/31. Flores viuda de Quevedo Josefina. 3 de septiembre de 1931. Mayoría de tres votos. Disidentes: Arturo Cisneros Canto y Jesús Guzmán Vaca. Relator: Daniel V. Valencia.