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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 188
PRUEBA TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 188
La Primera Sala, en diversas ejecutorias, ha establecido el criterio de que cuando se difiere la audiencia, sin haber empezado a celebrarla, el quejoso tiene derecho, en la segunda a que se cite, para presentar prueba pericial y testimonial; mas cuando la misma audiencia constitucional ha empezado a celebrarse, y se suspende para continuarla después, pero ya en el período de pruebas, de alegados o de sentencia, entonces ya no puede presentarse las pruebas pericial y testimonial citadas.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 127/31. Cervecería Cuauhtémoc, S. A. 7 septiembre de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.