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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 224
TRABAJO EN LAS ZONAS FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 224
Conforme al artículo 4o. constitucional, las agrupaciones de trabajadores tienen derecho para ejecutar los trabajos de acarreo, estiba y desestiba, en la zona marítima de los puertos, de acuerdo con los interesados en la ejecución de tales trabajos; por tanto, son éstos , propiamente, los que vienen a hacer viable ese derecho, ya que, sin su consentimiento y sin el de la Secretaría de Hacienda para hacer uso de la zona fiscal, el propio derecho no puede ser ejercitado.
Precedentes
Tomo XXXIII, página 3313. Indice Alfabético. Amparo 2922/31. Unión de Carretilleros y Jornaleros de Veracruz. 19 de noviembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXXIII, página 224. Amparo administrativo en revisión 1238/31. "Unión de Carretilleros de Veracruz". 9 de septiembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.