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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 677
AMPARO ADMINISTRATIVO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 677
Siendo de estricto derecho, si el quejoso no ataca como anticonstitucional, ni como indebida o inexactamente aplicada la ley en que se fundó el acto que reclama, es el caso de estimar que con la aplicación de esa ley, no se han conculcado las garantías individuales del mismo quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1733/29. Hernández Angela. 26 de septiembre de 1931. La publicación no menciona la votación. Relator: Daniel V. Valencia.