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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337341
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1135
AMPARO ADMINISTRATIVO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1135
Siendo de estricto derecho, es en la demanda y no en los alegatos donde el quejoso debe invocar la violación de las disposiciones legales en que funda sus derechos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 704/31. Coppe Federico. 8 de octubre de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. Relator: Daniel V. Valencia.