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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1529
ACTOS EJECUTADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1529
Los actos que se reclaman en amparo, no pueden considerarse ejecutados, solo porque se haya dictado la orden respectiva, pues la Corte ha sustentado el criterio de que el acto reclamado no consiste precisamente en esa resolución sino en la situación jurídica creada por la misma con tales o cuales efectos, que son los que perjudican al quejoso, y sobre los cuales debe entenderse que se realiza la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 23/28. "El Aguila", S. A. 22 de octubre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.