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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1970
IMPUESTOS, AUMENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1970
Cuando el acto reclamado consiste en el aumento de impuesto, por virtud de una nueva calificación, precede negar la suspensión de los actos reclamados, en cuenta tales actos tiendan a asegurar el pago de los impuestos asignados al quejoso, según la antigua calificación; negativa que se funda en la consideración de que, de concederse la suspensión, se perjudicarían los derechos del Estado, por cuanto éste se vería privado de los tributos que le sirven para el sostenimiento de los servicios públicos, y, además, en la de que el agraviado ha estado conforme en pagar, de acuerdo con la antigua calificación; pero en procedente conceder la suspensión definitiva del acto reclamado, por lo que se refiere al aumento del impuesto, o sea, la diferencia existente entre la antigua calificación y la nueva, más los recargos y gastos de ese aumento, porque de negarse la suspensión de tales actos, el juicio de amparo quedaría sin materia, o, por lo menos, el quejoso sufriría en su patrimonio, daños y perjuicios de difícil reparación.
Precedentes
Tomo XXXIII, página 3136. Indice Alfabético. Queja 56/30. Presidente de la República y Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 16 de noviembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXXIII, página 1970. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2333/31. Compañía de Luz Eléctrica y Fuerza Motriz de Orizaba, S. A. 7 de noviembre de 1931. Mayoría de tres votos. Disidentes: Salvador Urbina y Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.