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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2836
PETROLEO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2836
Cuando el acto reclamado consiste en la admisión y tramitación de una solicitud sobre concesión petrolera, no es procedente la suspensión del acto reclamado, toda vez que el artículo 3o., transitorio de la Ley de 30 de marzo de 1926, faculta al que tuviere derechos preferentes, para oponerse al otorgamiento de la nueva concesión petrolera.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 835/28. Compañía Petrolera "El Agwi", S. A. 4 de diciembre de 1931. Mayoría de tres votos. Ausente: Salvador Urbina. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.