Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/337435
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337435
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2943
AUTORIDADES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2943
Las dependencias del Ejecutivo, cuando no tienen autonomía ni facultades legales para ejecutar actos propios, no pueden ser considerados como autoridades.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 271/30. Díaz Barriga Miguel. 10 de diciembre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.