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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337440
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 40
EXPROPIACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 40
Cuando se expropia a un individuo por causa de utilidad pública, el adjudicatario de sus derechos no es su representante legal, y no tiene, por tanto, capacidad para desistirse del amparo que hubiere pedido aquel a quien se expropia, reclamando sus derechos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1790/29. Sánchez Manuel S. 6 de mayo de 1931. Mayoría de tres votos. Disidentes: Arturo Cisneros Canto y Luis M. Calderón. Relator: Salvador Urbina.