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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 58
FRACCIONAMIENTOS AGRARIOS EN ZACATECAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 58
Contra el acuerdo que declara la rebeldía del propietario de un fundo agrícola, para fraccionarlo libremente, procede conceder la suspensión, previa fianza, ya que no se trata de suspender el fraccionamiento en sí, sino simplemente, de impedir que este fraccionamiento se haga en rebeldía del interesado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3223/28. Gallástegui Enrique. 7 de mayo de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXXI, página 2449. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3026/28. Gallástegui Francisco. 25 de abril de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXIX, página 1963. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 265/30. Arce viuda de Aguirre Dolores, sucesión de. 27 de agosto de 1930. Mayoría de tres votos. Ausente: Francisco Barba. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.