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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 443
INFORME CON JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 443
El hecho de que no sea impugnado el informe de la autoridad responsable, por el quejoso, no es bastante para tener ese informe como cierto, en todo lo que asegure, ya que la autoridad responsable es una de las partes en el juicio de amparo, y no basta su afirmación para justificar que no ha cometido una violación de garantías, pues la justificación de sus actos, debe desprenderse del estudio del acto reclamado y de las pruebas rendidas, en relación con los agravios que se aleguen en la demanda.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2606/28. New England Fuel Oil, Company. 26 de mayo de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disiente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.