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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
337470
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 195

CIRCULARES.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 195

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 5081/46. La Vasca Cántabra, S.A. 4 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo LXXXIX, página 3101. Amparo administrativo en revisión 5099/46. La Vasco Cántabra, S.A. 25 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXXII, pág. 471. Amparo administrativo en revisión 3676/24. Compañía de Gas y Combustible "Imperio", S.A. 28 de mayo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Daniel V. Valencia no votó por habérsele admitido su excusa. Relator: S. Urbina.
Registro digital (IUS): 337470