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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 482
AGUAS NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 482
Las autorizaciones que da el Ejecutivo, para que se utilicen aguas con fines industriales, no debe ser motivo de suspensión, ya que de concederse, se le causarían perjuicios a la sociedad y al Estado: a la primera, por el interés que tiene en que se fomente el desarrollo de las industrias, y al segundo, porque se le privaría de una nueva fuente de ingresos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1241/28. Vidaurri Luis. 28 de mayo de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.