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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337479
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 646
FRACCIONAMIENTOS AGRARIOS EN ZACATECAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 646
La Ley Agraria del Estado de Zacatecas, de primero de enero de mil novecientos veinte, establece dos procedimientos para el fraccionamiento de latifundios y para el establecimiento de colonias agrícolas; una voluntaria, considerando como preferentes los derechos de los propietarios, para fraccionar sus predios, conforme a determinadas prevenciones, y el otro, de expropiación forzosa, cuando concurre alguna de las condiciones que prevé el artículo 24 de la misma ley; pero si una vez declarada la rebeldía del propietario del terreno, se recurre a la expropiación forzosa, y en esta situación se da un plazo al interesado para procurar un avenimiento con los solicitantes de la colonia agraria, esta concesión no tiene sino el carácter de mera gracia; mas no puede entenderse que signifique que, implícitamente, se ha revocado el acuerdo que declaró al propietario en rebeldía para seguir el procedimiento voluntario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4059/23. Llaguno de Ortiz María. 4 de junio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salvador Urbina.