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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 900
TRABAJADORES, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 900
Conforme al artículo 308 de la Ley del Trabajo en el Estado de Hidalgo, todas las atenuantes y excepciones o defensas, se expresarán en el acto mismo de la audiencia, y ningún otro de los artículos de esa misma ley, faculta al demandado para oponer excepciones en otra oportunidad, ni a la Junta para estudiar de oficio las excepciones no opuestas. Si la excepción de prescripción se alega posteriormente a la celebración de la audiencia, no debe ser tomada en consideración.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3453/30. Quintanar viuda de Basurto Modesta. 12 de junio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.