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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337514
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1146
FUNDO LEGAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1146
La sociedad y el Estado tienen interés en que se cumplan las leyes expedidas por los gobiernos de los Estados, para dotar de fundos legales a los pueblos y, por lo mismo, es improcedente conceder la suspensión contra la aplicación de esas leyes.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2990/30. Núñez viuda de Llorente Josefa. 10 de julio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.