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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 2022
INSTITUCIONES DE CREDITO, LEGISLACION SOBRE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 2022
La soberanía de las entidades de la Federación se encuentra limitada por las estipulaciones de la Constitución; y en materia de instituciones de crédito, sólo el Congreso de la Unión tiene facultades para legislar, según lo establece el artículo 73, fracción X, de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1634/28. Comisión Monetaria, S.A. 24 de agosto de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.