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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 11
EJIDOS, LOCALIZACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 11
La Comisión Nacional Agraria no está legalmente capacitada para desempeñar otras funciones que no sean las de consultora del presidente de la República y ejecutora de las resoluciones dictadas por éste; por tanto, una vez que se forme y apruebe el plano de localización del ejido y se dé, conforme a ese mismo plano, la posesión definitiva, la indicada comisión nada puede ya hacer en los expedientes que ante ella se hayan tramitado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2135/28. González Juan G., sucesión de. 5 de enero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis M. Calderón. Relator: Salvador Urbina.