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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 437
COPIAS PARA LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 437
Las que previene el artículo 88 de la Ley de Amparo, deben exhibirse dentro del término que la ley concede para interponer el recurso, y no cuando el expediente se encuentra ya en la Suprema Corte para su estudio.
Precedentes
Recurso de reconsideración contra un auto del presidente de la Suprema Corte 3945/30. Benítez Fernando. 24 de enero de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.