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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1060
INFORME CON JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1060
Aunque por alguna circunstancia falte el individuo que desempeña el cargo de autoridad contra la cual se pide amparo, esto no quiere decir que haya imposibilidad material de que se rinda el informe con justificación, puesto que alguien debe sustituir al funcionario ausente o definitivamente separado, debiendo, el sustituto, rendir el repetido informe, y si no lo hace, el caso queda comprendido en las prevenciones del artículo 73 de la ley reglamentaria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3927/29.Villegas Celedonia. 19 de febrero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.