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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337644
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1160
CONTRATOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1160
En todo contrato intervienen dos o más personas, que se transfieren un derecho o contraen una obligación. Ahora bien, los contratos relativos a policía, servidumbre y limpieza de una casa de uso común, son contratos en que intervienen, como partes, el dueño de la casa y las personas que prestan aquellos servicios, y si a los arrendatarios se les exige el pago de las erogaciones consiguientes, esto es el resultado de un contrato celebrado entre el arrendador y dichos arrendatarios, pero no del contrato celebrado entre aquel y los que prestan sus servicios a que se ha aludido. Otro tanto puede decirse cuando el arrendatario se compromete a pagar al arrendador el importe de las contribuciones, pues al enterarlas en la oficina fiscal respectiva el arrendador, obra en nombre propio y no presta ningún servicio al arrendatario, y el importe de tales contribuciones queda incluido en la renta por ser una cantidad que el arrendatario paga por el goce de la cosa arrendada. Debe tenerse en cuenta, sobre todo que es obligatorio para el arrendador proporcionar al arrendatario los servicios indispensables para las cosas de uso común; de modo que si se celebra un contrato subsidiario por esos servicios, prácticamente lo que se hace es aumentar el precio del arrendamiento modificando el contrato primitivo, de modo sustancial, puesto que se le sujeta a distintas condiciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3993/26. López Guerrero Emilio. 26 de febrero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. Relator: Jesús Guzmán Vaca.