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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1837
COMISION NACIONAL AGRARIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1837
La Suprema Corte ha resuelto ya, en varias ejecutorias, que la Comisión Nacional Agraria, tratándose de dotación o restitución de tierras o aguas, no tiene ni puede tener otro carácter que el de consultora del presidente de la República o de ejecutora de sus resoluciones, tomando en cuenta, para llegar a esa conclusión, lo dispuesto en la legislación agraria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 308/25. Arratia Angel. 23 de marzo de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Arturo Cisneros Canto. Relator: Salvador Urbina.