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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2232
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2232
La ratificación que haga el quejoso de los actos de quien, sin comprobarlo, se ostentó como su mandatario en el amparo, no surte efectos ningunos, si se hace fuera de los quince días que la ley concede para intentar el juicio constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3446/30. López Arroyo Juan. 18 de abril de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. Relator: Arturo Cisneros Canto.