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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2385
AMPARO CONTRA UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2385
Si las leyes no contienen un principio de inmediata ejecución, sólo son reclamables en amparo cuando el principio de ejecución surja, cualquiera que haya sido el periodo de tiempo transcurrido entre su promulgación y la fecha en que empiecen a ejecutarse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1474/27. Gómez Tagle Gilberto. 23 de abril de 1931. Mayoría de tres votos. Excusa: Daniel V. Valencia. Disidentes: Arturo Cisneros Canto y Luis M. Calderón. La publicación no menciona el nombre del ponente.