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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2385
MINISTERIO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2385
Los actos del Ministerio Público, tendientes a ejecutar un decreto de expropiación, deben ser considerados como actos de autoridad, puesto que sus instancias, en el caso, no tienen el carácter de una demanda, ya que la expropiación ha sido decretada por la ley, y las gestiones del Ministerio Público sólo tienden a la consecución de los fines de la misma ley, sin que en el procedimiento que sigue, pueda obtenerse la revocación de sus actos que, por lo mismo, dan materia al juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1474/27. Gómez Tagle Gilberto. 23 de abril de 1931. Mayoría de tres votos. Excusa: Daniel V. Valencia. Disidentes: Arturo Cisneros Canto y Luis M. Calderón. La publicación no menciona el nombre del ponente.