Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/337732
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2417
PETROLEO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2417
El acto consiste en que el procurador general de la República ejercite las acciones que competen a la nación, contra las compañías petroleras que no han solicitado la confirmación de sus derechos en los términos de la ley, aun suponiendo que pueda ser acto de un futuro necesario, y que, por lo tanto, tuviese que ejecutarse en breve, no es susceptible de suspensión, porque no causa al agraviado perjuicios de difícil reparación, puesto que puede oponer las excepciones que juzgue pertinentes, en el juicio que al efecto se le siga, y porque, de concederse la suspensión, se causarían perjuicios a la sociedad y al Estado, al entorpecer la acción que en su nombre promueva el procurador general de la República.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 530/27. Mexican Land Securities Company. 24 de abril de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.