Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/337763
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337763
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 235
AGUAS NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 235
Tratándose de las resoluciones administrativas, que tiendan a entorpecer el legítimo uso de las aguas nacionales, procede conceder la suspensión, porque con ella no se causa perjuicio alguno a la sociedad ni al Estado, que antes bien están interesados en el desarrollo de la agricultura, y debe otorgarse sin requisito alguno.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 342/30. Gargollo José M. y coags. 11 de septiembre de 1930. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.