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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337778
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 489
DOTACION DE AGUAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 489
Cuando la dotación de aguas afecta a las que son de propiedad particular, el Ejecutivo de la Unión debe sujetarse a lo dispuesto en la ley de 6 de enero de 1915 y en el artículo 27 constitucional, y de acuerdo con esos preceptos, hacer las dotaciones, expropiando las aguas por causa de utilidad pública, y dejando a salvo los derechos de los propietarios, para que reclamen la indemnización correspondiente; y cuando sigue procedimiento distinto, la dotación constituye una violación a los artículos 16 y 27 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3354/25. Fábricas de Papel de San Rafael y Anexas, S. A. 27 de septiembre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel V. Valencia. Relator: Jesús Guzmán Vaca.