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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
337781
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 503

MOLINOS Y EXPENDIOS DE NIXTAMAL.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 503

Precedentes

Tomo XXX, página 2372. Indice Alfabético. Incidente 1095/30. Sánchez Juan P. 11 de octubre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXX, página 503. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1334/30. Wolburg Margarita. 27 de septiembre de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Salcedo y Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 337781