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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337792
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 584
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS, REVISION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 584
Si la revisión que las leyes relativas concedan contra los acuerdos administrativos, sólo tiene por objeto subsanar vicios de procedimiento y no destruir el acto mismo, es incuestionable que tal revisión no puede ser obstáculo para la procedencia del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 2084/30. Moreno Luis. 2 de octubre de 1930. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Salvador Urbina. Relator: Arturo Cisneros Canto.