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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337821
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1079
FACULTAD ECONOMICO COACTIVA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1079
Cuando la autoridad, en uso de la facultad económico coactiva, trata de hacer efectiva una multa, sin requerir de pago al interesado y sin que conste, que el lugar en que se practica la diligencia, es el domicilio de aquél, sino que la práctica de dicha diligencia se lleva a cabo con terceras personas, y no consta siquiera que se verifique en el domicilio del multado, viola las garantías que otorgan los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3581/27. Puga Fernando. 23 de octubre de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.