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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337826
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1185
FACULTAD ECONOMICO COACTIVA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1185
Si el motivo del amparo, es que el agraviado alega que el procedimiento económico coactivo no se ha ajustado a la ley, y la autoridad responsable, en su informe con justificación, asegura que sí se ajustó a los preceptos legales relativos, es a la autoridad a quien toca probar, puesto que es quien afirma sin que esté el quejoso obligado a probar la ilegalidad de dicho procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2553/28. Llave viuda de de la Llave Dolores y coag. 28 de octubre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Cisneros Canto. Relator: Daniel V. Valencia.