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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1320
AMPARO IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1320
Si contra una resolución administrativa se ha interpuesto el amparo, y en el mismo se ha sobreseído por considerar que el acto no era definitivo, porque pudo el quejoso haber hecho uso de la reconsideración que la ley concede, la resolución queda firme, y contra ella no puede intentarse ya nuevamente el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4119/28. Amaya Manuel. 31 de octubre de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.