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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1450
BEBIDAS ALCOHOLICAS, REGLAMENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1450
El artículo 5o. de este reglamento, establece que una mujer no puede estar al frente de un establecimiento de bebidas alcohólicas; pero de ninguna manera que no pueda ser propietaria de establecimientos de esa índole, pues eso indudablemente atacaría la libertad de trabajo que consagra la Constitución.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1037/30. Ruiz Agustina. 8 de noviembre de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Salcedo y Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.