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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337866
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1728
REPARACION ANTE LA POTESTAD COMUN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1728
La Suprema Corte ha establecido la jurisprudencia de que el juicio de amparo no procede contra actos respecto de los cuales hay un medio ordinario, establecido por la ley, para obtener su revocación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3594/26. Huasteca Petroleum Company. 21 de noviembre de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.