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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 2209
PROMESA DE VENTA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 2209
La doctrina según la cual, el contrato de promesa de venta se equipara a la venta perfecta, no puede hacerse prevalecer sobre los preceptos claros y terminantes de la ley civil, que establecen que la transmisión de la propiedad no se realiza sino hasta que se ha perfeccionado el contrato de venta respectivo, reuniéndose todos los requisitos establecidos por la ley; por otra parte, aunque el contrato de promesa de venta se haya consignado en una minuta, si el precio de la cosa excede de quinientos pesos, aun equiparando el contrato de promesa de venta al de venta perfecta, necesita como este último, para ser válido, cuando versa sobre bienes raíces, constar en escritura pública, sin que valga alegar que la escritura sólo tiene por objeto obtener el registro para que el contrato produzca efectos contra terceros.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 910/30. Rule Guillermo M., sucesión de. 11 de diciembre de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.