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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 565
RATIFICACION DE LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 565
El amparo debe sobreseerse respecto de los individuos que no ratifiquen la demanda presentada a su nombre por tercera persona, sin poder bastante.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1876/29. Chavarría Alejandro y coagraviados. 3 de junio de 1930. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis M. Calderón no estuvo presente, por las razones que se expresan en el acta del día. Relator: Salvador Urbina.