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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 693
TIMBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 693
Conforme al artículo 371 de la Ley del Timbre, la Secretaría de Hacienda sólo está facultada para fijar la interpretación de esa ley, pero no para modificarla mediante circulares.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3476/29. Jáuregui Antonio. 9 de junio de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. Relator: Daniel V. Valencia.